jueves, 27 de enero de 2011


De la pirámide demográfica a la financiera

ppcc__ 26.Ene.2011 | 07:28
¡Gravísimo error!

¿Dónde está escrito que ese ingreso presupuestario de naturaleza jurídica tributaria que llamamos "Cotizaciones Sociales", y que en algunos libros de teoría se llama Impuesto sobre las Nóminas, tenga que estar correlacionado con cierto concepto del gasto público como es, exactamente, el denominado "Pensiones de jubilación"?

¿Qué parte de las Cotizaciones Sociales va a Jubilación y que otra a todos los demás gastos del Presupuesto de Gastos de la Seguridad Social?

Estamos ante la Falacia de la Contabilidad Presupuestaria.

Finalmente, no resuelve el incomodísimo problema de las pensiones por capitalización financiadas con cuotas coactivas (recaudadas por el Estado): que perjudica a las mujeres, que, por razones biológicas, tienen 7 años más de esperanza de vida que el hombre, como es público y notorio en todo el mundo.

ppcc__ 26.Ene.2011 | 07:43
Más cosas:

- Todo Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos es "de reparto" por definición.

- Las pensiones por capitalización de cuotas coactivas son un "Gran Invento del TBO por el profesor Franz de Copenhague" (hay tres tipos de economistas mixtificadores: los Boy Scouts, los Gafes y los Franz). Entre otras cosas, funciona, primero, si arranca con la Bolsa muy abajo; segundo, el país no es estable, al menos, presupuestariamente; y, tercero, no se emplean los recursos en adquirir deuda pública del Estado pagador de las pensiones.

- En ningún sitio está escrito que, excepcionalmente, durante una temporada, las pensiones se dividan por dos o tres o se suspenda su pago, para luego restaurar la normalidad, pasada la crisis. Esto es la prueba de que no estamos ante una pirámide financiera (y que decirlo es malicioso).

mconthe 26.Ene.2011 | 12:22
Para pp.cc.

Para no prejuzgar si el pago de las futuras pensiones exigirá un aumento de las cotizaciones o de los impuestos (p.ej. del IVA o del IRPF), hablo deliberadamente de "trabajadores o contribuyentes" futuros.

Estoy de acuerdo que el envejecimiento hará aumentar no sólo el gasto en pensiones, sino también en sanidad. Lo cual no hace sino agravar el problema de la "deuda implícita" del sistema de pensiones.

Tiempos ha pp.cc. incitó a los lectores a no dejarse "expropiar su derecho a una pensión". Ahora nos dice que, llegado el caso, no habría problema en dejar de pagar las pensiones un año.

Las pensiones son asunto complejo, en el que, en efecto, las "etiquetas contables" pueden ser engañosas. Pero reconozco que en esta materia pp.cc. me despita, porque no veo congruencia en sus razonamientos.

ppcc__ 27.Ene.2011 | 00:22
Conthe, gracias por contestar.

Usted sabe perfectamente de qué estoy hablando.

Las cotizaciones sociales no son el precio de ninguna renta. Esa es "la" falacia.

El error está en creer que hay correlación entre las transferencias (pensiones) presupuestarias que recibimos cuando nos jubilamos y ciertas cuotas tributarias que satisfacemos en determinado impuesto especial sobre las nóminas (cotizaciones sociales), que incluso podríamos llegar a suprimir o refundirlo con la retención a cuenta del IRPF del perceptor.

Esta es la trampa saducea a la que nos están sometiendo maliciosamente, como cuando nos dicen que "invertimos" en viviendas sobrevaloradas cuando, en realidad, nos están estafando (esto sí que es un montaje piramidal en el que se hace pagar una millonada al que entra para el que se sale lo haga ganando, siendo las construcciones bienes amortizables).

Nunca debe olvidarse que la obligación de liquidar, retener e ingresar cotizaciones sociales al tiempo de pagarse nóminas, es una obligación ex lege, o sea, no negocial. El poder legislativo puede y debe modular dicha obligación.

En España, la socialdemocracia y el social-liberalismo establecieron por ley hace unos años la indexación de las pensiones con la inflación. ¡Cómo fardaron de ello ante el electorado! Eran días de vino y rosas. Ante circunstancias extraordinarias (como las que se van a plantear ahora con el Rescate 2011) y mediante una norma de rango legal, ¿qué impide bajar las pensiones una media del 2%, por ejemplo? (una vez pasadas las elecciones, je, je). Recordemos que se ha bajado para siempre el sueldo nominal de los funcionarios una media del 5% (algunos rozan un salvaje 10%).

Por otra parte, las cautelas y garantías con que hay que rodear la gestión del sistema de capitalización hacen que, al final, el rendimiento medio se parezca mucho a la tasa de inflación. ¡Pero la tasa de inflación es el ritmo al que se actualizan, de un año para otro y en general, los renglones de todo Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos! Para este viaje, ¿hacen falta tantas alforjas?

Ahora tenemos todos derecho a cobrar nuestra "pensión presupuestaria". Lo que nos están proponiendo es permutar ese derecho, voluntariamente o no, por otro muy distinto: el derecho a cobrar una "renta de capitalización" calculada considerando nuestra biografía como "cotizantes" (o sea, como contribuyentes especiales). Obviamente, hay una diferencia a favor del Estado. Lo que llamamos "renta de capitalización" (pensión resultado de las operaciones matemáticas sobre elementos del tributo especial que son las cotizaciones) es el justiprecio de la expropiación de la actual pensión presupuestaria. Es como si sustituyeran en nuestro patrimonio el derecho a la educación por el derecho a asistir a un número determinado de clases del profesor Franz de Copenhague en las que, magistralmente, se nos instruyera en los Grandes Inventos del TBO, como el tax rebate de 400 euros, los SIPs, las sustitución de Alcaldes por city managers, las pensiones por capitalización y demás originalidades.

Finalmente, que salga una cuantía de la pensión presupuestaria superior a la de la pensión por capitalización solo quiere decir que hay mucho margen para hacerle a los "jubilatas" la misma judiada que le hemos hecho a los "funcionatas".

- Padre, veo pirámides, ¿es pecado?.

- Venial, hijo. El pecado mortal es no verlas donde sí las hay.

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